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Detalle de servicios de Asistencia mecanica y remolque
 

Los servicios de Asistencia Mecánica, Remolque y Asistencia en viaje por accidente, están disponibles a partir de las 48 hs hábiles de la contratación.

 
 
- I. DEFINICION DE TERMINOS UTILIZADOS -
1.1. Beneficiarios

a. Titular: Reviste la calidad de titular el propietario del vehículo designado por Asistencia Total de Motovehiculos para recibir el servicio. En los casos en que el suscriptor sea una persona jurídica, será considerado titular a los efectos de la asistencia, el conductor habitual del vehículo, debidamente habilitado con el registro correspondiente, ya sea nacional o internacional.

b. Ocupantes del vehículo: Toda persona transportada por un vehículo poseedor del servicio al momento de solicitar asistencia. Cuando en el vehículo sean transportadas más personas que la cantidad de asientos de fábrica disponibles y la capacidad permitida por el fabricante para el tipo de vehículo, sólo podrán acceder a los servicios la cantidad de ocupantes que la capacidad del vehículo habilita. Los demás no tendrán derecho de servicio alguno.

 
1.2. Motovehículo Designado:

Es el motovehículo asegurado por Asistencia Total de Motovehiculos, y que ha sido debidamente informado a LA PRESTADORA a los fines de la prestación del servicio de asistencia al vehículo.

1.3. Domicilio Habitual:
Se define como tal el lugar de residencia habitual y permanente declarado por la persona física o la sede social denunciada por la persona jurídica, que revista el carácter de titular.
1.4. Avería:
Se entiende por avería, a la falla o rotura de algún elemento mecánico indispensable para el desplazamiento del vehículo.
1.5. Accidente:
Se refiere al accidente automovilístico que haya ocasionado daños al vehículo designado que impidan su normal desplazamiento.
1.6. Viaje:
Se define como tal a la salida del beneficiario a más de 100 kilómetros de su domicilio habitual y su posterior regreso.
 
 
 
- II. ASISTENCIA MECANICA / REMOLQUE Y VIAJERO -
Alcances del Servicio.

a. Radio de cobertura.
Los servicios de Asistencia al Vehículo serán prestados por LA PRESTADORA a partir del kilómetro 0 (cero) del domicilio habitual, que haya declarado como tal el titular a excepción de las prestaciones que de acuerdo a las presentes condiciones generales se prestan en viaje. Los servicios detallados se brindarán única y exclusivamente a través de la Red de Prestadores de LA PRESTADORA El servicio contratado directamente por el titular y/o beneficiario no dará derecho a reintegro alguno, salvo acuerdo previo y expreso con LA PRESTADORA.

b. Área de cobertura.
República Argentina, Países Limítrofes y Perú.

 

 
 

b.Solicitud de Asistencia
Cuando se produzca un hecho que amerite alguna de estas prestaciones, se deberá solicitar telefónicamente el servicio que necesite a la Central Operativa Buenos Aires, informando:

a.Nombre y apellido del titular.
b.Número de póliza.
c.Patente de vehículo.
d.Marca, modelo, año y color del vehículo.
e.Lugar donde se encuentre.
f.Tipo de avería.
g.DNI / CUIT
 
 
 
 
-DETALLE PRESTACIONES ASISTENCIA MECANICA / REMOLQUE Y VIAJERO-

a.Mecánica ligera:
Cuando el vehículo se haya averiado de tal modo que no pueda continuar su normal circulación, LA PRESTADORA evaluará la conveniencia de enviar una unidad de mecánica ligera. A tal fin, tendrá en cuenta si por la naturaleza de la avería el vehículo puede ser puesto rápidamente en marcha en el lugar en que se   detuvo a causa del desperfecto mecánico. Asimismo, para que LA PRESTADORA disponga el envío de una unidad de mecánica ligera es preciso que además se den los supuestos que a continuación se indican:

• El lugar donde se debería realizar la reparación del vehículo averiado deberá reunir las condiciones de seguridad necesarias para los ocupantes, para el automóvil y para los prestadores designados por LA PRESTADORA
• Las condiciones de la asistencia no deberán vulnerar normas municipales, provinciales ni nacionales de tránsito.
• Que el vehículo no haya pasado por zonas anegadas, tales como zonas inundadas.
 
Responsabilidad Civil y Robo Clásico: 6 servicios al año / 1 por mes - No acumulables
Premium: 12 servicios al año - No acumulables
Black: Ilimitado
 

b.Traslado del vehículo/Remolque.
En los casos en que el vehículo designado no pudiera circular a causa de una avería o accidente, LA PRESTADORA se hará cargo de la coordinación y de los gastos derivados del traslado del rodado hasta un taller o hasta el lugar que designe el beneficiario, hasta un tope de 150 (ciento cincuenta) km. Lineales. Exceptuando que el vehículo se encuentre inmovilizado por una avería en el neumático. Ver cambio de Neumáticos.

Responsabilidad Civil y Robo Clásico: 300km totales / 150km lineales) - 6 eventos - 1 servicio por mes - No acumulables
Premium: 300km totales / 150km lineales) - 12 eventos - No acumulables
Black: 500km totales / 250km lineales - eventos ilimitados
 

c.Abastecimiento de combustible.
LA PRESTADORA, en caso de que el vehículo designado se encuentre inmovilizado por falta de combustible, se lo asistirá proveyéndole combustible para que pueda trasladarse hasta la estación de servicio más próxima o bien se coordinará el traslado hasta la estación de servicio más cercana. El gasto de combustible es a cargo del cliente.

Servicio sin límite de eventos para cualquiera de las tres categorías
 

d.Cambio de neumáticos.
LA PRESTADORA, en caso de que el vehículo alcanzado por el servicio se encuentre inmovilizado por avería de un neumático, se auxiliará al conductor en el procedimiento de sustitución del neumático averiado.

Servicio sin límite de eventos para cualquiera de las tres categorías
 

e.Transmisión de mensajes urgentes.
LA PRESTADORA, se encargará de transmitir los mensajes urgentes y justificados de los beneficiarios, relativos a cualquiera de los eventos objetos de las prestaciones de esta modalidad.

Servicio sin límite de eventos para cualquiera de las tres categorías
 

f.Información telefónica las 24 Hs.
LA PRESTADORA, se encargará de transmitir los mensajes urgentes y justificados de los beneficiarios, relativos a cualquiera de los eventos objetos de las prestaciones de esta modalidad.

Servicio sin límite de eventos para cualquiera de las tres categorías
 

g.Traslado de taller a domicilio (*):
Se trasladará el motovehiculo desde el taller donde estuviera (reparado o no) al domicilio del cliente.

Servicio con un límite de 2 (dos) eventos al año para las categorías Premium y Black
 

h.Continuación de servicio desde el domicilio al taller (*):
Cuando el vehículo no pudiera ser trasladado a un taller por estar fuera del horario comercial, el cliente podrá solicitar una “continuación de servicio” para llevar el vehículo a un taller para reparar el mismo sin costo adicional

Servicio sin límite de eventos para asistencia Premium y Black
 

i.Traslado de acompañante hasta el destino del viaje (*):

En caso de ser necesario un servicio de asistencia de traslado y el cliente debiera trasladarse hasta otro lugar que no fuera el de destino estipulado, el acompañante contara con una cobertura para ir hasta el destino.

Premium: $1000 - Pesos mil (tope anual)
Black: $1500 - pesos mil quinientos (tope anual)
(*) Estos servicios solo está disponible en coberturas Premium y Black.
 

A partir del punto “i” los servicios serán prestados a partir de los 100 km. del domicilio habitual del beneficiario

 

j.Depósito o custodia del vehículo reparado o recuperado.
Cuando el vehículo se encuentre averiado o robado y la reparación o recuperación se produzca en ausencia del beneficiario, LA PRESTADORA tomará a cargo la custodia del mismo hasta 3 (tres) días corridos desde el momento de la avería y/o siniestro sufrido. Una vez agotado el límite el asegurado asumirá la responsabilidad y los costos que posteriormente se generen.

Servicio con un límite de 6 eventos al año - de hasta 72hs cada uno, para cualquiera de las tres categorías
 

k.Estancia por inmovilización o robo del motovehículo.
Cuando la reparación no pueda realizarse el día de la avería LA PRESTADORA cubrirá el alojamiento de los pasajeros hasta un tope máximo por tipo de cobertura por motovehiculo.

Responsabilidad Civil y Robo Clásico / Premium: $2000 por año como tope global.
Black: $2500 por año como tope global
 

l.Localización y envío de piezas de repuesto.
LA PRESTADORA, en caso de que el vehículo alcanzado por el servicio se encuentre inmovilizado por avería de un neumático, se auxiliará al conductor en el procedimiento de sustitución del neumático averiado.

 
1. Cuando para la reparación del vehículo designado se precise de partes o piezas de repuestos que no estuvieran disponibles en el lugar de reparación del vehículo, LA PRESTADORA coordinará la localización dentro de la República Argentina y el posterior envío de dichas partes al lugar de reparación del vehículo.
2. LA PRESTADORA asumirá los gastos de envío de las partes, siendo a cargo del beneficiario el importe del repuesto, los costos aduaneros, los costos fiscales, como todo otro tipo de impuesto que pudiera corresponder. Las modalidades de pago del repuesto quedarán a criterio de LA PRESTADORA en el momento de la asistencia.
3. Se establece que este servicio se brindará exclusivamente en el caso que la/s pieza/s de repuesto sean imprescindibles para la movilidad del vehículo designado, excluyéndose expresamente accesorios y otras piezas que no comprometan la movilidad del mismo según las normas de tránsito vigentes.
4. Las partes o piezas requeridas deberán ser repuestos originales del vehículo del cual se trate y el envío quedara sujeto a la disponibilidad de dichos repuestos en la Casa Central del Vehículo en cuestión dentro de la República Argentina.
Servicio sin límite de eventos para cualquiera de las tres categorías
 

m.Traslado Sanitario:
Supuesto: Exclusivamente por accidente automovilístico que involucre al vehículo designado. En caso de emergencia, LA PRESTADORA organizará, a su exclusivo criterio, el traslado al centro asistencial más próximo para que el beneficiario herido reciba atención médica

3 eventos al año para las tres categorías.
 

n.Traslado de Restos:
Supuesto: Exclusivamente por accidente automovilístico que involucre al vehículo designado.

1. En caso de fallecimiento del beneficiario por accidente automovilístico, LA PRESTADORA organizará y tomará a cargo los gastos de féretro de traslado, trámites administrativos y transporte hasta el lugar de inhumación en Argentina hasta un tope máximo de $5.000 (cinco mil pesos) IVA incluido, por el medio que LA PRESTADORA considere más conveniente. Los trámites, gastos de féretro definitivo, funeral e inhumación, serán a cargo de los familiares.
2. LA PRESTADORA no será responsable por el traslado de los restos, ni efectuará reintegro alguno por este concepto en caso de que empresas funerarias u otros terceros tomen intervención antes que LA PRESTADORA Este servicio se brindará únicamente si la intervención de LA PRESTADORA es solicitada en forma inmediata al fallecimiento.
1 evento al año para las tres categorías.
 

o.Traslados programados por recuperación de motovehiculos:
Este servicio será solicitado directamente por la compañía de seguros para el recupero de moto vehículos siniestrados que pudieran tener su seguro dado de baja.

Sin limite de eventos en cualquiera de las tres categorías.
 

Cancelación de los servicios
Una vez que desde la Central Operativa la PRESTADORA informe al beneficiario la demora del arribo de la unidad de mecánica ligera o remolque, deberá informar que, aun cuando el servicio se encuentre en curso o no se haya concretado, la cancelación del mismo por parte del beneficiario, deberá realizarse dentro de los quince (15) minutos desde el aviso de la demora, para evitar que este sea computado como servicio realizado y consumiendo el servicio disponible en el mes, de acuerdo a lo estipulado en las presentes Condiciones Generales.

 
 
 
 
-ASISTENCIA AL VIAJERO EN EL EXTERIOR-
Servicios prestados a partir de los 100 km. del domicilio habitual del beneficiario
Servicio exclusivo para clientes Black

Cobertura de Asistencia al Viajero en el exterior del país ante cualquier inconveniente por accidente o enfermedad que ocurra fuera de la República Argentina.
Para activar el servicio el cliente deberá comunicarse al 0810-345-6565 indicando fechas y destino/s del viaje.

a. Urgencias Odontológicas:
Si como consecuencia de afecciones inesperadas tales como trauma, infección, dolor o inflamación; y el Titular requiera asistencia odontológica, deberá comunicarse con la Central Operativa de EUROP ASSISTANCE a fin de requerir la autorización correspondiente. EUROP ASSISTANCE se hará cargo de los gastos por atención odontológica de urgencia, limitada al tratamiento del dolor y/o extracción de la pieza dentaria, hasta un tope máximo indicado. EUROP ASSISTANCE no asume costo alguno por tratamientos estéticos, reposición de piezas dentales y/o implantes.

Servicio con un límite de 2 (dos) eventos al año para las categorías Premium y Black.
 
b. Cobertura de medicamentos:
EUROP ASSISTANCE se hará cargo de los gastos de medicamentos recetados por el médico tratante y aprobado por el Departamento Médico de la Central Operativa de EUROP ASSISTANCE. Los desembolsos realizados por el beneficiario para la compra y autorizados por la Central Operativa de EUROP ASSISTANCE serán reintegrados dentro de los límites de cobertura, una vez retornado al país de origen del viaje, contra la presentación de la prescripción médica y facturas originales.
EUROP ASSISTANCE no asumirá en ningún caso el costo de medicamentos no prescriptos por el profesional médico interviniente, no relacionados con la asistencia requerida, ni los destinados al tratamiento de patologías preexistentes, salvo que el producto específicamente así lo contemple.
USD 600 (seiscientos dólares estadounidenses).
 
c. Localización y Asistencia en la búsqueda de equipajes extraviados:
Si durante el transcurso de un viaje, y durante la vigencia de la tarjeta de asistencia, se produjera el extravío del equipaje depositado en la aerolínea, siempre que se trate de una aerolínea regular, EUROP ASSISTANCE se compromete a realizar las gestiones necesarias ante la línea aérea, con el fin de localizar el equipaje extraviado. Para acceder a este beneficio, el Titular deberá comunicarse con la Central Operativa desde el aeropuerto al cual debió arribar el equipaje y seguir las instrucciones del operador de EUROP ASSISTANCE para completar el formulario proporcionado por la aerolínea PIR (Property Irregularity Report).- EUROP ASSISTANCE no se compromete a la localización efectiva del equipaje, sino únicamente a la realización de las gestiones comerciales ante la línea aérea para obtener información sobre el destino del equipaje extraviado; y en caso de localizarlo; gestionar el retorno al domicilio que el Titular indique.-

Pérdida total y definitiva del equipaje. La indemnización se refiere exclusivamente a equipaje despachado en bodega de aeronave, en vuelo comercial sujeto a la reglamentación de la IATA. La suma de la indemnización de la compañía aérea y de la compensación de EUROP ASSISTANCE no podrá superar de ninguna manera el tope económico indicado en las Garantías Particulares del producto adquirido.

USD 1200 (mil doscientos dólares estadounidenses).
 

Para la obtención de este beneficio rigen los siguientes términos y condiciones:

1. Que EUROP ASSISTANCE haya sido notificado del hecho por el beneficiario en un período inferior a 24 horas de sucedida la pérdida.
2.Que el equipaje se haya extraviado durante su transporte en vuelo regular internacional o doméstico de conexión.
3.Que el mencionado equipaje haya sido debidamente despachado en bodega.
4. Que la pérdida del equipaje haya ocurrido entre el momento en que el mismo fue entregado al personal autorizado de la línea aérea para ser embarcado y el momento en que debió ser devuelto al pasajero al finalizar el viaje.
5. Que la línea aérea se haya hecho cargo de su responsabilidad por la pérdida del mencionado equipaje, y haya abonado al beneficiario la indemnización prevista por ella.
6. El tope máximo de la indemnización complementaria será abonado siempre que el pesaje del equipaje despachado, conforme lo informado por la compañía aérea, no supere los 30 kg.
7. En caso que la línea aérea le ofreciere al beneficiario como indemnización la posibilidad de optar entre percibir un valor en dinero o uno o más pasajes, EUROP ASSISTANCE procederá a pagar la compensación económica por extravío de equipaje, una vez que dicha opción sea ejercida.

El beneficiario tendrá derecho a una sola compensación por pérdida de equipaje en los términos y condiciones descriptas en las Condiciones Particulares, sin importar la cantidad de pérdidas de equipaje que pudieran ocurrir durante la vigencia de su voucher. La suma de las indemnizaciones de la compañía aérea y de la compensación de EUROP ASSISTANCE no podrá superar de ninguna manera el tope económico indicado en las Garantías Particulares del producto adquirido.

 
Exclusiones Particulares: No cubre compensación por pérdida de equipaje en línea aérea regular, en caso que:
1. El beneficiario es un operador o miembro de la Tripulación en el medio de transporte que dio origen al acontecimiento.
2. La retención o aprehensión por parte de aduanas u otras autoridades gubernamentales.
3. Los daños a equipajes y/o faltantes parciales o totales de contenido no darán lugar a compensación ni indemnización alguna.

En caso de extravío de equipaje, siga estas instrucciones:
Inmediatamente constatada la falta de equipaje, diríjase a la compañía aérea o persona responsable dentro del mismo recinto al que llegan los equipajes, solicite y complete el formulario P.I.R. (Property Irregularity Report.)
Antes de abandonar el Aeropuerto o dentro de las 48hs, comuníquese telefónicamente con la Central Operativa de EUROP ASSISTANCE, a efectos de notificar el extravío de su equipaje.
Al regresar al país de origen del viaje:
Presentar a las oficinas de EUROP ASSISTANCE la siguiente documentación:
- Formulario P.I.R. / Documento o Pasaporte / Tarjeta de Asistencia.
- Copia original del recibo de la indemnización de la línea aérea / Pasaje/s aéreo/s.

 
d. Asistencia médica por enfermedad o accidente:
El servicio incluye: Atención en consultorio o domicilio; Consultas con especialistas; Exámenes médicos complementarios; Internaciones clínicas o quirúrgicas; Intervenciones quirúrgicas. Terapia intensiva y unidad coronaria.
Internaciones clínicas, de acuerdo a la naturaleza de la lesión o enfermedad, y siempre que el Departamento Médico de la Central Operativa de EUROP ASSISTANCE así lo prescriba, se procederá a la internación del beneficiario en el Centro de Sanidad más próximo al lugar donde éste se encuentre. Dicha internación estará a cargo de EUROP ASSISTANCE durante el tiempo necesario. Internaciones / Intervenciones quirúrgicas Cuando sean autorizadas por el Departamento Médico de la Central Operativa de EUROP ASSISTANCE y en los casos de emergencia que requieran en forma inmediata este tratamiento, y que no puedan ser diferidas hasta el retorno del beneficiario al país de origen del viaje.
USD 10.000 (diez mil dólares estadounidenses). Monto total entre las prestaciones: Traslado sanitario y repatriación sanitaria, Traslado y Gastos de hotel de un familiar en caso de hospitalización, Traslado urgente de beneficiarios a su lugar de residencia por fallecimiento de familiar, Regreso anticipado del Titular por Siniestro, Viaje regreso por enfermedad o accidente o del Titular, Acompañamiento de menores de 15 años o de beneficiarios mayores de 80 años, Asistencia Legal en el exterior y Adelanto de fianzas.
 
e. Traslado sanitario y repatriación sanitaria:
En caso de emergencia y si la Central Operativa de EUROP ASSISTANCE lo juzga necesario, se organizará el traslado del beneficiario al Centro de Sanidad más cercano, por el medio de transporte que el Departamento Médico de la Central Operativa de EUROP ASSISTANCE considere más apropiado y según corresponda a la naturaleza de la lesión o enfermedad.
Cuando el Departamento Médico de la Central Operativa de EUROP ASSISTANCE, acorde con el médico tratante, estime necesario efectuar la repatriación sanitaria del Titular, esta se efectuará en avión de línea aérea comercial o por el medio de transporte que considere más adecuado, con acompañamiento médico o de enfermera si correspondiere, sujeto a espacio de asientos, hasta el país de residencia del Titular. El beneficiario deberá entregar a EUROP ASSISTANCE, debidamente endosados el/los billete/s de pasaje que posea para su regreso sin compensación alguna.
 
f. Traslado y Gastos de hotel de un familiar en caso de hospitalización:
En caso de estar contemplado y alcanzado por las condiciones particulares del producto adquirido y ante la hospitalización de un Titular de asistencia, viajando no acompañado, fuese superior a ocho (8) días calendarios, EUROP ASSISTANCE se hará cargo de un billete aéreo de ida y regreso, en clase turista, sujeto a disponibilidad de espacio para un solo familiar de compañía, Padre, Madre, Cónyuge, Hijo o Hermano. En caso de ser contemplado en las Garantías Particulares del producto contratado, el beneficiario podrá tener derecho a los gastos de hotel de su familiar acompañante, hasta el tope indicado en el voucher contratado bajo el ítem “Gastos de Hotel Acompañante”, con un máximo de u$s 150 por día hasta un máximo de (10) diez días. Es requisito para acceder a este beneficio, que la enfermedad o accidente esté amparada dentro la vigencia de la tarjeta; que el médico tratante junto con el departamento médico de EUROP ASSISTANCE recomiende la necesidad de recuperación con un acompañante por motivos médicos.
Atención: Tanto para esta cláusula como para cualquier otra que cubra gastos de hotel, se entiende que los mismos estarán limitados al hospedaje simple, sin gastos de restaurante, lavandería u otro cualquiera.
 
g. Traslado urgente de beneficiarios a su lugar de residencia por fallecimiento de familiar hasta 2ºgrado:
Si el Titular se viere obligado a retornar al país de origen del viaje o al lugar de residencia (siempre que el viaje tenga como destino el mismo país de residencia) por enfermedad grave, accidente y/o fallecimiento de un familiar directo, Padre, Madre, Cónyuge, Hijo o Hermano allí residente, EUROP ASSISTANCE tomará a su cargo, si su pasaje original de regreso no le permitiera el cambio gratuito de fecha, la diferencia del costo de pasaje aéreo de regreso del beneficiario, o en su defecto el costo de un nuevo pasaje en clase turista desde el lugar en que el beneficiario se encuentre hasta el país de origen del viaje.
Son requisitos para obtener el reintegro: Acreditar con certificado médico la ocurrencia del accidente o enfermedad, así como la recomendación médica de adelantar el regreso al lugar de residencia del Titular; o al lugar de emisión de la tarjeta.- Si se tratara del fallecimiento del cónyuge o familiar del Titular, deberá acreditarse el vínculo que se trate con las correspondientes actas, ya sea de matrimonio o nacimiento; y la partida de defunción.- El boleto original debe ser ida y vuelta; y expedido con fecha fija.- Acreditar la diferencia abonada a la aerolínea.
 
h. Regreso anticipado del Titular por Siniestro:
En caso de incendio, explosión, inundación o robo con daños y violencia en el domicilio de un beneficiario, mientras éste se encuentre de viaje, si no hubiese ninguna persona que pueda hacerse cargo de la situación y si su pasaje original de regreso no le permitiera el cambio gratuito de fecha, EUROP ASSISTANCE tomará a su cargo la diferencia que correspondiese o el costo de un nuevo pasaje en clase turista desde el lugar en que el beneficiario se encuentre hasta el país de origen del viaje. Esta solicitud de Asistencia deberá acreditarse mediante la presentación en las oficinas de EUROP ASSISTANCE del original de la denuncia policial correspondiente, dentro de las veinticuatro horas siguientes al suceso. Ver otra forma de comunicación fehaciente del hecho.
 
i. Viaje regreso por enfermedad o accidente o del Titular:
a) EUROP ASSISTANCE se hará cargo de la diferencia de costo del pasaje aéreo de regreso del Titular, cuando éste sea de ida y vuelta y de tarifa reducida por fecha fija o limitada de regreso, y no se pueda respetar dicha fecha por razones de enfermedad o accidente del Titular, habiendo sido asistido por EUROP ASSISTANCE y con autorización de la Central Operativa correspondiente.
b) Sin perjuicio de lo mencionado en el apartado a) anterior, si el Titular de un voucher de asistencia en Cruceros no pudiera continuar el itinerario previsto por razones de enfermedad o accidente, EUROP ASSISTANCE tomará a su cargo el costo de un pasaje de regreso al puerto de embarque o bien al próximo puerto previsto (por el medio que resultare más apropiado). Para la procedencia de este beneficio será necesario que la Central Operativa haya estado involucrada en la coordinación de la asistencia desde un primer momento y que exista autorización médica a tal fin.

Tanto para a) como para b) precedentes quedan excluidas aquellas patologías mencionadas en las “Exclusiones Generales” de estas Condiciones Generales. Las circunstancias que den lugar a este beneficio serán comprobadas y aceptadas a exclusivo criterio de EUROP ASSISTANCE. Los gastos por esta prestación

 

j. Acompañamiento de menores de 15 años o de beneficiarios mayores de 80 años:
Si un beneficiario viajara como único acompañante de menores de quince años o mayores de 80 años, EUROP ASSISTANCE organizará a su cargo el desplazamiento de dichos Beneficiarios hasta el país de residencia habitual, por el medio que considere más adecuado. Es importante destacar, que estos usuarios deben ser beneficiarios de la Tarjeta de asistencia de EUROP ASSISTANCE. Este servicio aplica solo a causa de enfermedad o accidente del Beneficiario acompañante del Menor o la Persona Mayor de Edad y que esté constatado por el Departamento Médico.
 
k. Asistencia Legal en el exterior:
Si durante el transcurso de un viaje y durante la vigencia de la tarjeta de asistencia, el Titular sufriera un accidente automovilístico por el que requiera el asesoramiento de un abogado para afrontar su defensa civil o criminal; deberá dar aviso a la Central Operativa de EUROP ASSISTANCE dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, a fin de que el operador de EUROP ASSISTANCE le recomiende un abogado en el lugar donde se encuentra el Titular.- En el caso que, por la urgencia del caso, el beneficiario haya requerido la ayuda profesional letrada en el lugar del hecho EUROP ASSISTANCE reintegrará al Titular el monto de los honorarios abonados, hasta el tope máximo según producto contratado.
Para ello el Beneficiario deberá presentar en EUROP ASSISTANCE la factura emitida por el abogado patrocinante.
Para el caso en que el Titular acepte el profesional recomendado por la Central Operativa, la responsabilidad que EUROP ASSISTANCE asume es de medios, y no de resultados; sin garantizar el éxito de la defensa del Titular.
EUROP ASSISTANCE asumirá los gastos que ocasione la defensa civil o penal del beneficiario, con motivo de imputársele responsabilidad por un accidente de tránsito. EUROP ASSISTANCE se hará cargo de los honorarios del abogado hasta los topes indicados en la cobertura del producto contratado.
 
i. Adelanto de fianzas:
Durante el viaje, en caso de necesidad imperiosa e imprevista y contra su previo depósito en la oficina de EUROP ASSISTANCE, ésta gestionará la entrega al beneficiario en el país donde se encuentre de cantidades de dinero hasta el límite especificado en estas Condiciones generales y particulares. Esta cobertura será aplicada una sola vez, cualquiera que sea el período de validez de la Tarjeta de Asistencia. Si el beneficiario fuese encarcelado como consecuencia de un accidente de tránsito, EUROP ASSISTANCE gestionará el envío de las cantidades de dinero especificadas en estas Condiciones generales y particulares para hacer frente al pago de la fianza penal, debiendo previamente ser depositado el monto referido en la oficina de EUROP ASSISTANCE, por cuenta del beneficiario. La gestión de EUROP ASSISTANCE se limita únicamente a la transferencia del dinero por giro postal u otros medios de transferencia de dinero. EUROP ASSISTANCE no cubre el pago de las sumas de dinero solicitadas o el pago de la fianza.

La asistencia se limita únicamente a la transferencia de fondos. Este beneficio queda supeditado a posibles restricciones legales aplicables a transferencias y/o giros monetarios tanto del país emisor como del país receptor.

 
m. Transmisión de mensajes urgentes:
EUROP ASSISTANCE transmitirá los mensajes urgentes y justificados, relativos a cualquiera de los eventos que son objeto de las prestaciones contempladas en estas Condiciones generales y particulares.
 
n. Localización y Asistencia en caso de extravío de documentos y/o billetes aéreos:
EUROP ASSISTANCE asesorará al beneficiario para la denuncia del extravío, hurto o robo de documentos y efectos personales, para lo cual pondrá a su disposición los servicios de la Central Operativa de EUROP ASSISTANCE más próxima.
 
 
 
-LIMITACIONES Y EXCLUSIONES DEL SERVICIO-

a).Cese de la Asistencia.
La asistencia cesará totalmente en el momento en que el vehículo del Beneficiario haya sido auxiliado o arribe al lugar que solicito ser trasladado. El remolque no comprende el traslado de un lugar a otro para continuar con el arreglo del vehículo, conforme a lo dispuesto en las cláusulas 2.2b. y 3.2d.

 

b).Traslados programados:
El remolque previsto en el punto “Traslado del vehículo/Remolque” de las presentes Condiciones Generales de Asistencia al Vehículo, no comprende el traslado de un lugar a otro para continuar con el arreglo del vehículo, por considerarse que no son producto de una urgencia o hecho imprevisto. Es decir que, no se encuentra alcanzado por los servicios aquí descriptos, la asistencia de un vehículo que ya se encontrara en un taller y/o concesionario para su reparación, en un playón municipal por haber infringido una falta de tránsito o que deban trasladarse desde una comisaría hasta otro lugar para su peritación. Tampoco resultarán alcanzados por los mismos, aquellos rodados que se encuentren con partes vitales faltantes (por ej. partes del motor), salvo que los mismos provinieran de un robo con recupero.

 

c).Rutas o autopistas concesionadas.
En caso de encontrarse el vehículo dentro de una traza concesionada, por condiciones contractuales entre los Concesionarios Viales y la Autoridad de Aplicación, el Beneficiario debe primero arbitrar los medios para recibir asistencia del auxilio mecánico de la misma. Una vez asistido por este y una vez que fuera trasladado al lugar pertinente (es decir la primera salida disponible, puente sobre traza, primera estación de servicio, etc.), LA PRESTADORA procederá a brindar el servicio correspondiente.

 
d).Servicios Excluidos:
1. Gastos de alimentación y/o viáticos no autorizados.
2. Gastos de peajes.
3. Gastos de combustible.

4. Asistencia de ocupantes transportados bajo la modalidad "auto stop".

5. Los gastos derivados de reparación, mantenimiento y/o service en general del rodado, a excepción de los previstos en el servicio de Mecánica Ligera.
6. Cuando el vehículo este ubicado en zonas inundadas, caminos que no estén abiertos al tránsito de vehículos, zonas de arenas blandas o movedizas, zonas de alto riesgo personal. En este último caso la peligrosidad de la zona será determinada por LA PRESTADORA y su red de prestadores.
7. Cuando el vehículo presente anomalías o desperfectos que infrinjan las leyes, decretos, ordenanzas o reglamentos de tránsito o que hagan desaconsejable su utilización.
8. Cuando el vehículo no esté asegurado por responsabilidad frente a terceros ó el conductor no esté debidamente habilitado para conducir, o se hubiera excedido el límite de ocupantes previsto para el vehículo.
9. Cuando el conductor se encuentre bajo el efecto de drogas o alcoholizado.
10. Cuando la inmovilización se deba a hechos de carácter extraordinario previstos en la cláusula “Circunstancias Excepcionales”.
11. Los gastos por indemnización o reembolso en caso de sustracción, robo, hurto o apoderamiento ilegítimo de materiales, accesorios u objetos personales dejados en el vehículo designado.
 
d).Servicios Excluidos:
1. Gastos de alimentación y/o viáticos no autorizados.
2. Gastos de peajes.
3. Gastos de combustible.

4. Asistencia de ocupantes transportados bajo la modalidad "auto stop".

5. Los gastos derivados de reparación, mantenimiento y/o service en general del rodado, a excepción de los previstos en el servicio de Mecánica Ligera.
6. Cuando el vehículo este ubicado en zonas inundadas, caminos que no estén abiertos al tránsito de vehículos, zonas de arenas blandas o movedizas, zonas de alto riesgo personal. En este último caso la peligrosidad de la zona será determinada por LA PRESTADORA y su red de prestadores.
7. Cuando el vehículo presente anomalías o desperfectos que infrinjan las leyes, decretos, ordenanzas o reglamentos de tránsito o que hagan desaconsejable su utilización.
8. Cuando el vehículo no esté asegurado por responsabilidad frente a terceros ó el conductor no esté debidamente habilitado para conducir, o se hubiera excedido el límite de ocupantes previsto para el vehículo.
9. Cuando el conductor se encuentre bajo el efecto de drogas o alcoholizado.
10. Cuando la inmovilización se deba a hechos de carácter extraordinario previstos en la cláusula “Circunstancias Excepcionales”.
11. Los gastos por indemnización o reembolso en caso de sustracción, robo, hurto o apoderamiento ilegítimo de materiales, accesorios u objetos personales dejados en el vehículo designado.
12. Cuando el vehículo no tenga neumáticos y/o cuando por un accidente sus neumáticos estén imposibilitados de rodar (en este último caso el servicio será prestado con demora condicional).
13. Zonas de alto riesgo personal.
14. Remolques de vehículos que tuviesen elementos fuera de las normas del fabricante, que por sus características (peso, altura, ancho, etc.), no puedan ser transportados por vehículos de traslados convencionales.
15. Traslados de comisaria a comisaría.
16. Traslados de comisaria a depósito.
17. Traslados de taller a taller.
18. Traslados de taller a domicilio.
19. Traslados a cualquier tipo de peritaje.
20. Cuando el vehículo asegurado se hubiese averiado o accidentado como consecuencia de haber participado en picadas y/o cualquier otro tipo de práctica o competencia prohibida por las leyes de tránsito vigentes y/o haber intervenido en actividades delictivas.
21. Cuando el vehículo se encuentre dentro de un garage o detenido en un lugar acotado en sus dimensiones, o que por sus características imposibiliten o dificulten el acceso del móvil grúa y/o la maniobrabilidad de la PRESTADORA para efectuar el retiro de la unidad, quedará sujeto a la evaluación de éste, su intervención en la realización de dichas maniobras.
 

f).Peajes:
En caso de rutas concesionadas, serán a cargo del beneficiario aquellos peajes necesarios para el traslado del vehículo alcanzado por el servicio hasta el lugar indicado por éste, estando los peajes de arribo al lugar donde ocurrió el hecho y los de regreso del móvil a su base, a cargo de la PRESTADORA. Es decir que los peajes durante el trayecto de la asistencia correrán por cuenta del beneficiario.

 
 
 
 
- iiI. SUBROGACION -

Cuando las prestaciones establecidas en estas Condiciones Generales estén también cubiertas total o parcialmente por una póliza de seguros o cualquier otro medio el beneficiario se obliga a efectuar todas las gestiones y reclamos necesarios ante la compañía de seguros o tercero que corresponda para lograr que estos respondan directamente y en primer término por el cumplimiento de las obligaciones correspondientes. Asimismo LA PRESTADORA se subroga, contra cualquier tercero, en los derechos y acciones que hayan motivado su intervención los cuales son cedidos irrevocablemente desde ya por el beneficiario o sus herederos, hasta el costo total de los servicios por ella suministrados.

 
 
 
- V. CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES -

LA PRESTADORA queda eximida de toda responsabilidad por casos fortuitos o de fuerza mayor, tales como huelgas, actos de sabotaje, guerras, catástrofes de la naturaleza, dificultades en los medios de comunicación, dificultades en las vías de acceso al lugar de asistencia, etc. Cuando elementos de esta índole interviniesen, LA PRESTADORA se compromete a ejecutar sus compromisos dentro del menor plazo que fuere posible.

 
 
 
- IV. RESERVAS -

LA PRESTADORA se reserva el derecho de exigir a los beneficiarios de las presentes Condiciones Generales el reembolso de cualquier gasto efectuado indebidamente, en caso de haberse prestado servicios no contratados, y/o fuera del período de vigencia de acuerdo a lo establecido y/o en forma diferente a lo estipulado en las presentes Condiciones Generales.

 
 
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